Se entiende por viáticos extraordinarios los destinados a proporcionar manutención y alojamiento al trabajador privado u oficial o al empleado público que de manera ocasional o accidental presta servicios fuera de la ciudad o municipio, sede habitual de su trabajo. Se entiende por viáticos permanentes los destinados a proporcionar manutención y alojamiento al trabajador privado u oficial o al empleado público, que habitual y permanentemente, de conformidad con las disposiciones vigentes, presta servicios fuera de la ciudad o municipio, sede legal o contractual de su trabajo.
Decreto 3746 de 1982 →Inexequible
Artículo 12
Decreto 3746 de 1982 · por el cual se revisan algunas de las normas en matería del impuesto sobre la renta y complementarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.