Micelio

Artículo 50

Funciones De La Subdirección De Ciencia, Tecnología E Innovación

Decreto 2189 de 2017 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Ciencia, Tecnología e Innovación. Son funciones de la Subdirección de Ciencia, Tecnología e Innovación, las siguientes

1.

Participar y apoyar técnicamente en el diseño, seguimiento y evaluación de po­líticas, planes, programas y proyectos relacionados con temas de innovación y desarrollo productivo.

2.

Orientar, coordinar y apoyar a las entidades pertinentes para garantizar el debido cumplimiento y ejecución de las políticas, los programas y los proyectos conteni­dos en el Plan Nacional de Desarrollo que sean de su competencia.

3.

Diseñar, hacer seguimiento y coordinar la evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con los temas de su competencia.

4.

Promover, realizar y dirigir la elaboración de estudios, indicadores, metodologías y el diseño de instrumentos para promover la competitividad en los temas y sec­tores de su competencia y llevar las estadísticas correspondientes.

5.

Hacer seguimiento, evaluar y conceptuar sobre el presupuesto de inversión de la Nación y de las entidades públicas del orden nacional, relacionados con los temas de su competencia.

6.

Participar en el diseño y/o discusión de agendas legislativas y normativas que incidan en los temas de su competencia en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica.

7.

Elaborar conceptos técnicos en los temas de su competencia que le sean solicita­dos y para la participación del Departamento Nacional de Planeación en comisio­nes, comités y consejos.

8.

Apoyar técnicamente la participación de Colombia en la negociación de acuerdos de integración económica e inversiones internacionales, y en organizaciones eco­nómicas internacionales en los temas de su competencia.

9.

Articular las políticas, planes, programas y proyectos nacionales con los linea­mientos y capacidades regionales en los temas de su competencia.

10.

Orientar la priorización de los recursos de inversión provenientes de diferentes fuentes de financiación para los sectores a cargo.

11.

Viabilizar los proyectos de inversión que cuenten con cofinanciación de los re­cursos del Presupuesto General de la Nación, presentados al Sistema General de Regalías en los temas de su competencia.

12.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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