Para tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, el diligenciamiento de su hoja de vida en el SIGEP 11, la declaración de bienes y rentas (artículo 2.2.5.1.9, del Decreto 648 de 2017), yen la Función Pública la Declaración de Conflicto de Intereses (Ley 2013 de 2019).
Decreto 946 de 2026 →Vigente
Artículo 2
Acreditación De Documentos Para Tomar Posesión Del Cargo
Decreto 946 de 2026 · Por el cual se efectúa el n'ombramiento en provisionalidad de un Registrador de Instrumentos Públicos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.