Micelio

Artículo 1

Ley 7 de 1880 · Que crea una Escuela superior de varones en la ciudad del Carmen, del Estado soberano de Bolívar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Créase en la capital de la Provincia del Carmen, del Estado soberano de Bolívar, una Escuela superior de varones, de acuerdo con las prescripciones establecidas en el decreto federal orgánico de la Instruccion primaria, de 1.° de noviembre de 1870.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 7 de 1880