Micelio

Artículo 11

Decreto 1711 de 1984 · Por el cual se dictan normas sobre interrelación de registro, catastro y se tecnifica y reorganiza administrativamente el registro de instrumentos públicos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La matrícula inmobiliaria podrá llevarse en folios o en cualquier otro sistema de reconocido valor técnico para manejo de información. En ella se prescindirá de la transcripción de los linderos y se tomará nota del documento que los contiene o de la escritura con la cual se protocolizaron los planos. CAPITULO IV. Reorganización administrativa del registro de instrumentos públicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1711 de 1984