Cuando una letra es presentada debidamente para la aceptación y no es aceptada dentro del término prescrito, la persona que la presente debe considerar la letra como rechazada por no aceptación, so pena de perder los derechos contra el girador y endosante.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.