Micelio

Artículo 3

Las Obras Necesarias Para La Urbanización Y Embellecimiento De La Isla Serán Realizadas Por El Departamento De Bolívar, De Conformidad Con La Ordenanza Número 1 De 3 De Octubre De 1956, Del Consejo Administrativo De Dicho Departamento

Decreto 31 de 1957 · Por el cual se cede la isla de Tierra Bomba al Municipio de Cartagena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las obras necesarias para la urbanización y embellecimiento de la isla serán realizadas por el Departamento de Bolívar, de conformidad con la Ordenanza número 1 de 3 de octubre de 1956, del Consejo Administrativo de dicho Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 31 de 1957