Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1717 de 1982 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre protección y seguridad de los señores ex Presidentes de la República y de altos dignatarios del Estado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para garantizar la integridad personal y de la familia de los ex Presidentes de la República, las Fuerzas Armadas mantendrán un servicio de seguridad permanente en la respectiva residencia yen la oficina en que despachen, y el Departamento Administrativo de Seguridad designará personal de vigilancia y de escolta debidamente equipado paraque colabore en su protección permanente y los acompañe en sus desplazamientos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1717 de 1982