Atribuciones. El Director General de la Policía Nacional, como Jefe del cuerpo auxiliar, tendrá las siguientes atribuciones:
Dirigir y emplear el cuerpo auxiliar de Policía.
Presentar el proyecto de presupuesto de gastos e inversiones al Ministerio de Hacienda, por conducto del de Defensa Nacional.
Ordenar los gastos que requiera el funcionamiento del cuerpo auxiliar, de acuerdo con las normas fiscales.
Determinar el número de integrantes del cuerpo auxiliar, de acuerdo con las plantas señaladas en la Policía Nacional por el Gobierno.
Destinar, a donde juzgue conveniente, el personal auxiliar de la policía Nacional, después de haber recibido la preparación y la capacitación policial.
Determinar las escuelas regionales necesarias para la capacitación del personal auxiliar.
Dictar los manuales y reglamentos internos que fueron convenientes para el normal desarrollo de las actividades del cuerpo auxiliar.
Las demás que determine el Gobierno Nacional, de acuerdo con la ley.
(Decreto 0750 de 1977 artículo 9°)