A la Oficina de Control Interno le corresponde las siguientes funciones
Mediante exámenes especiales y evaluaciones, ejercer las acciones de control permanente que aseguren el cumplimiento de las disposiciones legales y políticas institucionales por las diferentes dependencias de la Superintendencia Bancaria;
Mantener informado al Superintendente Bancario sobre las deficiencias que se detecten en las dependencias en cuanto a control interno y cumplimiento de las disposiciones legales, políticas institucionales, y proponer las medidas para la corrección de las mismas;
Evaluar la aplicación del sistema de control interno de la Superintendencia Bancaria;
Efectuar auditoría permanente de los sistemas computarizados de la Superintendencia Bancaria; y,
Controlar el cumplimiento del reglamento interno que fija los trámites de las quejas y peticiones elevadas ante la Superintendencia Bancaria, llevando el registro correspondiente y remitiendo a cada una de las dependencias especializadas los asuntos que sean de su competencia. DE LA SECRETARIA GENERAL.