También se operará la reversión cuando se declare la caducidad del contrato por culpa del contratista y como consecuencia de ella. En este caso la posesión la tomará el Gobierno tan pronto como esté ejecutoriada la providencia en que se declare la caducidad.
Decreto 1323 de 1947 →Vigente
Artículo 36
También Se Operará La Reversión Cuando Se Declare La Caducidad Del Contrato Por Culpa Del Contratista Y Como Consecuencia De Ella
Decreto 1323 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 66 de 1946.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.