Micelio

Artículo 47

El Guarda-Almacén Hará Colocar Los Bultos En Los Locales Que Se Hallan A Su Cargo, En El Órden Que Sea Más Conveniente Para Que Se Practique Sin Dificultad El Reconocimiento De Cada Cargamento Pueda Sacarse Incontinenti De La Aduana Fin De Que Siempre Haya Espacio Suficiente Para Depositar La Carga Que Se Traiga De Salgar

Decreto 169 de 1876 · Por el cual se traslada a Barranquilla la Administración de Aduana que se halla en Sabanilla

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Guarda-almacén hará colocar los bultos en los locales que se hallan a su cargo, en el órden que sea más conveniente para que se practique sin dificultad el reconocimiento de cada cargamento pueda sacarse incontinenti de la Aduana fin de que siempre haya espacio suficiente para depositar la carga que se traiga de Salgar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 169 de 1876