Profesores militares honorarios. El Ministerio de Defensa nombrará por resolución como profesores honorarios a los militares y civiles que sean propuestos al efecto por el Director de la Escuela Superior de Guerra y por los Directores o Comandantes de las Escuelas de Formación y Capacitación de las Fuerzas Militares, quienes deberán sustentar debidamente su propuesta.
Decreto 654 de 1975 →Vigente
Artículo 149
Profesores Militares Honorarios
Decreto 654 de 1975 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2337 de 1971, orgánico de la Carrera de los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.