Articulo 1° A partir del 1° de enero de 1977 y en desarrollo del Decreto número 224 de febrero 3 de 1977, adóptase la siguiente escala de remuneración de salarios básicos mensuales para el personal docente en los niveles de Primaria y Secundaria para las diferentes categorías del Magisterio a cargo de la Nación.
Decreto 1247 de 1977 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del 1° De Enero De 1977 Y En Desarrollo Del Decreto Número 224 De Febrero 3 De 1977, Adóptase La Siguiente Escala De Remuneración De Salarios Básicos Mensuales Para El Personal Docente En Los Niveles De Primaria Y Secundaria Para Las Diferentes Categorías Del Magisterio A Cargo De La Nación
Decreto 1247 de 1977 · Por el cual se fijan las asignaciones al personal docente de Enseñanza Primaria y Secundaria correspondiente a las distinciones del Magisterio a cargo de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.