Micelio

Artículo 2

Ley 37 de 1944 · Por la cual la Nación coopera a la construcción de hoteles de turismo en el Tolima y Antioquia y se fomentan otras obras de utilidad pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

000.00); para la Casa Consistorial de Cunday, veinte mil pesos ($ 20.000.00); para el hospital del mismo Municipio de Cunday, denominado "Federico Arbeláez", quince mil pesos ($ 15.000.00); para el corregimiento de Andalucia con destino a su casa consistorial, diez mil pesos ($ 10.000.00); para el pabellón de carnes y matadero público de melgar, por partes iguales, veinte mil pesos ($ 20.000.00); y para la casa municipal y matadero público del Carmen (Tolima), por partes iguales, veinte mil pesos ($ 20.000.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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