Micelio

Artículo 51

Ley 75 de 1986 · Por la cual se expiden normas en materia tributaria, de catastro, de fortalecimiento y democratización del mercado de capitales, se conceden unas facultades extraordinarias y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El aumento de patrimonio ocasionado por la utilización del beneficio de la amnistía de que trata el artículo anterior, deberá estar representado en 31 de diciembre de 1986, por uno o varios de los siguientes bienes poseídos en Colombia:

1.

Inmuebles.

2.

Acciones o derechos en sociedades colombianas de cualquier naturaleza.

3.

Depósitos en las instituciones financieras de que trata el artículo 24 del Decreto legislativo 2920 de 1982.

4.

Bonos y títulos emitidos por entidades públicas.

5.

Créditos activos a cargo de personas naturales o jurídicas, que consten en documentos de fecha cierta.

6.

Activos fijos materiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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