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Artículo 10

Subdirección De Ingeniería De Software

Decreto 1115 de 2002 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Ingeniería de Software . Corresponde a la Subdirección de Ingeniería de Software de la Dirección General de Tecnología del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones

1.

Diseñar y proponer soluciones tendientes a la optimización de procesos.

2.

Llevar a cabo análisis y evaluación de los procesos para identificar modificaciones que signifiquen mayor valor agregado y ahorro de recursos.

3.

Diseñar en coordinación con las áreas usuarias, los procesos para el flujo, procesamiento y utilización de la información.

4.

Definir en coordinación con las áreas usuarias los planes de contingencia para los procesos críticos del negocio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

5.

Desarrollar e implementar los indicadores de gestión de sistemas de información.

6.

Definir soluciones tecnológicas requeridas por los sistemas de información internos y corporativos.

7.

Garantizar el desarrollo, el mantenimiento y correcto funcionamiento de los sistemas de información requeridos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

8.

Garantizar el soporte y la atención a los requerimientos en materia de sistemas de información solicitados por cada una de las Direcciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

9.

Definir en coordinación con las diferentes Direcciones del Ministerio los planes de acción referentes al desarrollo de sistemas de información requeridos por cada Dirección.

10.

Establecer acuerdos de niveles de servicios para el desarrollo de los sistemas de información con las diferentes Direcciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

11.

Desarrollar y/o implantar los sistemas de información requeridos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

12.

Garantizar la debida integración de los sistemas de información del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

13.

Aplicar y evaluar políticas, estándares y metodologías en materia de ingeniería de software definidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

14.

Documentar las actividades inherentes al ciclo de vida de los sistemas de información.

15.

Ejecutar plan de acción para el proceso de diseño, desarrollo y mantenimiento de sistemas de información.

16.

Administrar cambios y versiones en el software de los sistemas de información en producción.

17.

Garantizar la seguridad de los sistemas de información administrados.

18.

Revisar en coordinación con la Oficina de Control Interno el estado, desarrollo y seguridad de los sistemas de información del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

19.

Suministrar soporte técnico a los usuarios en los sistemas de información en producción.

20.

Capacitar a los usuarios en el uso de los sistemas de información en producción;

21.

Ejecutar plan de contingencias diseñado para los sistemas de información administrados.

22.

Velar porque se ejerza el control interno sobre cada una de las funciones de la Subdirección.

23.

Realizar las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de las funciones de la Subdirección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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