La suma que se destina en el artículo anterior se invertirá en la construcción de las siguientes obras: a) Para la Casa Municipal $ 100.000 b) Para el Hospital Municipal 50.000 c) Para obras de defensa de la ciudad 50.000 d) Para el Cuerpo de Bomberos 50.000
Ley 9 de 1967 →Vigente
Artículo 3
Ley 9 de 1967 · por la cual la Nación se asocia a la celebración del primer centenario de fundación de la ciudad de Pensilvania, en el Departamento de Caldas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.