º . El artículo 2º. del Decreto 1118 de junio 1º de 1994 se modifica en los siguientes términos: Compras mínimas de material nacional en el ensamble de motocicletas. Las Empresas ensambladores de motocicletas deberán incorporar en éstas un porcentaje mínimo de material de producción nacional, de acuerdo con el Porcentaje de Integración Nacional (PIN) definido en el artículo 3º del Decreto 1118 de 1994.
Decreto 803 de 1995 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 803 de 1995 · por el cual se modifican los artículos 2o y 5o del Decreto 1118 del 1° de junio de 1994 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.