Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1º De Enero De 1987, Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos Del Área Técnico-Científica Del Instituto Colombiano Agropecuario, Ica

Decreto 172 de 1987 · por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del Area Técnico-Científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 1º de enero de 1987, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del Área Técnico-Científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA. Grado Asignación Básica Mensual 01 $58.135 02 61.200 03 66.110 04 71.425 05 76.255 06 80.910 07 85.780 08 90.645 09 95.190 10 98.155 11 102.860 12 105.365 13 109.990 14 115.530 15 120.000 16 125.005 17 129.625 18 133.860 19 138.945 20 143.335 21 145.910 22 150.835 23 155.755 24 160.530 25 165.300 26 170.075 27 174.545 28 179.015 29 183.330 30 187.275 31 191.060 32 194.925 33 198.405 34 201.815 35 204.995

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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