Micelio

Artículo 1

º Para La Aplicación De Los Artículos 32 Y 33 De La Ley 135 De 1961, Se Considera Como Explotación Agropecuaria, La Utilización Económica De Los Recursos Hidrobiológicos De Cualquier Clase, Mediante Actividades Productivas, Tales Como La Piscicultura, Acuicultura Y Otras Similares

Decreto 533 de 1986 · por el cual se reglamentan los artículos 32 y 33 de la Ley 135 de 1961.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para la aplicación de los artículos 32 y 33 de la Ley 135 de 1961, se considera como explotación agropecuaria, la utilización económica de los recursos hidrobiológicos de cualquier clase, mediante actividades productivas, tales como la piscicultura, acuicultura y otras similares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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