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Artículo 1.2.1.28.4.10

Soporte De Operaciones Con Contribuyentes Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios Con Presencia Económica Significativa (Pes) En Colombia

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Soporte de operaciones con contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios con presencia económica significativa (PES) en Colombia. De acuerdo con el artículo 771-2 del Estatuto Tributario, los contribuyentes que adquieran bienes y/o servicios de personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa (PES) en Colombia, soportarán sus costos, deducciones e impuestos descontables, con la expedición del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente, de conformidad con el artículo 1.6.1.4.12. de este decreto. Lo anterior, siempre y cuando, las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa (PES) en Colombia no opten por expedir factura electrónica de venta o documento equivalente, en los términos que establezca la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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