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Artículo 10

Los Contratos Que Se Celebren En Nombre De La Empresa Estarán Sometidos A Las Reglas Siguientes: A) Los Que Excedan De Mil Pesos ($ 1

Decreto 2056 de 1947 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contratos que se celebren en nombre de la Empresa estarán sometidos a las reglas siguientes

a)

Los que excedan de mil pesos ($ 1.000) deberán constar por escrito y necesitarán de la aprobación de la Junta Directiva;

b)

Los menores de mil pesos ($ 1.000) y mayores de quinientos pesos ($ 500) deberán, igualmente, constar por escrito y sólo necesitarán de la firma del Gerente o de la aprobación del mismo;

c)

Los menores de quinientos pesos ($ 500), a menos que el Gerente ordene que consten por escrito, según convenga a los intereses de la Empresa, sólo necesitarán el requisito de la presentación de cuentas con el visto bueno del Gerente o del empleado a quien éste haya delegado esa atribución.

Parágrafo 2

Respecto de contratos que por su naturaleza requieran el otorgamiento de escritura pública, antes de proceder a extender ésta se celebrará un contrato privado de promesa de contrato, en el cual consten todas las condiciones del respectivo negocio, conforme lo previene el artículo 89 de la Ley 153 de 1887. Esta promesa de contrato será la que debe someterse a la correspondiente tramitación administrativa, verificada la cual y aprobados sus términos administrativa, verificada la cual y aprobados sus términos, se procederá al otorgamiento de la escritura pública que convierta en contrato firme el contrato prometido.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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