º . De la identificación de los beneficiarios interesados y de las deudas susceptibles de ser adquiridas a través del programa. Para la ejecución del Programa, Finagro, directamente, o a través de los intermediarios financieros, deberá establecer lo siguiente
La identificación de los beneficiarios interesados en acogerse a lo dispuesto en el presente decreto y el estado de sus deudas, discriminadas según capital e intereses, plazos, valores y tiempos en mora, calificación crediticia en el establecimiento de crédito, clase y valor de las garantías otorgadas, según formulario de inscripción de Finagro;
Identificación de las obligaciones, las cuales deberán estar originadas de conformidad con el artículo 1º del presente decreto.