° El Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura, y los Consejos Seccionales, deberán hacer, entrega al Consejo Profesional Nacional de Topografía, del archivo de matrículas de topógrafos, con el fin de que esta entidad lo conserve para su estudio, consulta y demás fines pertinentes.
Decreto 630 de 1981 →Vigente
Artículo 3
El Consejo Profesional De Ingeniería Y Arquitectura, Y Los Consejos Seccionales, Deberán Hacer, Entrega Al Consejo Profesional Nacional De Topografía, Del Archivo De Matrículas De Topógrafos, Con El Fin De Que Esta Entidad Lo Conserve Para Su Estudio, Consulta Y Demás Fines Pertinentes
Decreto 630 de 1981 · Por la cual se reglamenta la Ley 70 de 1979
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.