º. El despacho para el consumo de las mercancías de que trata este Decreto, se regulará conforme a lo previsto en el Decreto 2666 de 1984, en especial los artículos 1º, 7º y 242 al 251.
Decreto 1282 de 1987 →Vigente
Artículo 8
El Despacho Para El Consumo De Las Mercancías De Que Trata Este Decreto, Se Regulará Conforme A Lo Previsto En El Decreto 2666 De 1984, En Especial Los Artículos 1º, 7º Y 242 Al 251
Decreto 1282 de 1987 · Por el cual se reglamenta los artículos 11 y 13 del Decreto legislativo número 3830 de 1985
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.