Del Presupuesto De La Vigencia En Curso, Para Construcción De Edificios En Las Dependencias De La Sección De Caza, Piscicultura Y Pesquería En El País, En El Año, Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 205 Artículo 2329 Ordinal 1° Para La Construcción, Dentro Del Terreno Cedido Al Efecto Por El Municipio De Buga, De Una Edificación Para La Estación Piscícola Nacional En Dicha Ciudad, Con Sujeción A Los Planos Y Especificaciones Suministrados Por El Ministerio De Agricultura $ 30
Decreto 2084 de 1956 · Por el cual se hace la distribución parcial de una partida
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único. De la partida asignada en el Capítulo 205, artículo 2329 del Presupuesto de la vigencia en curso, para construcción de edificios en las dependencias de la Sección de Caza, Piscicultura y Pesquería en el país, en el año, hácese la siguiente distribución: CAPITULO 205 Artículo 2329 Ordinal 1° Para la construcción, dentro del terreno cedido al efecto por el Municipio de Buga, de una edificación para la Estación Piscícola Nacional en dicha ciudad, con sujeción a los planos y especificaciones suministrados por el Ministerio de Agricultura $ 30.000.00
Parágrafo
Esta suma será girada al Contador Pagador de la Zona Agropecuaria del Valle del Cauca, y el Ministerio de Agricultura por medio de resoluciones reglamentará su inversión. Comuníquese,
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.