Micelio

Artículo 13

Funciones Y Atribuciones: Corresponde A La Asamblea General El Ejercicio De Las Siguientes: A) Nombrar Y Remover Libremente A Dos De Los Miembros De La Junta Directiva Y A Sus Respectivos Suplentes, Asi Como Al Revisor Fiscal, Confórme A La Ley; B) Considerar Los Informes Que Anualmente Le Presenten La Junta Directiva, El Gerente Y El Revisor Fiscal, Los Que Se Acomodarán A Las Exigencias Legales, Y Solicitarles Los Datos, Explicaciones E Informaciones Que A Bien Tenga C) Aprobar, Improbar O Rectificar, En Cada Una De Las Sesiones Ordinarias, Las Cuentas Y

Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones y atribuciones: Corresponde a la Asamblea General el ejercicio de las siguientes

a)

Nombrar y remover libremente a dos de los miembros de la Junta Directiva y a sus respectivos suplentes, asi como al Revisor Fiscal, confórme a la ley;

b)

Considerar los informes que anualmente le presenten la Junta Directiva, el Gerente y el Revisor Fiscal, los que se acomodarán a las exigencias legales, y solicitarles los datos, explicaciones e informaciones que a bien tenga

c)

Aprobar, improbar o rectificar, en cada una de las sesiones ordinarias, las cuentas y. el balance general correspondiente al ejercicio anterior. En caso de que no fueren aprobados, nombrar uña comisión que examíne y revise tales documentos y sus anexos y le rinda un informe en la fecha en que ella misma señale;

d)

Decretar la cancelación o contabilización de las pérdidas, o el proyecto de distribución de utilidades que le presente la Junta Directiva; éste comprenderá lo que se destine a las reservas, a los dividendos o a la capitalización de las mismas, etc., conforme la ley;

e)

Decretar a propuesta de la Junta Directiva toda reforma estatutaria o delegar en ella dicha, atribución;

f)

Autorizar conforme al Decreto 1988 de 1972 (noviembre 2) la emisión de bonos y las condiciones en que debe hacerse, su monto, valor nominal de cada serie, el lugar y forma de pago, el sistema de amortización, las condiciones del contrato de emisión, etc. Sin embargo, podrá delegar la aprobación del prospecto en la Junta Directiva, siempre que fije por lo menos las siguientes bases: -El monto del empréstito; -La tasa de interés, conforme a las disposiciones legales: -El plazo máximo para el reembolso del capital y la forma de amortización; -Si los bonos pueden convertirse ea acciones de la Sociedad y las condiciones de dicha conversión; -La destinación del empréstito, y -Las garantías que han de otorgarse, si fuere el caso:

g)

Dictar las reglas para la liquidación de la Sociedad y. designar uno o más liquidadores cada uno de los cuales tendrá uno o varios suplentes, y

h)

Cualesquiera otras funciones que le señalen los estatutos y las demás que legalmente le correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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