Micelio

Artículo 4

Obligaciones Objeto De Cobro

Decreto 712 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 419 de diciembre 30 de 1997

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Obligaciones objeto de cobro. Las obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias objeto de cobro, serán aquellas que estén contenidas en liquidaciones privadas, liquidaciones oficiales y demás actos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, que fijen sumas líquidas de dinero a favor del fisco nacional, debidamente ejecutoriadas y, las garantías o cauciones presentadas a favor de la Nación para afianzar el pago de obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias una vez ejecutoriada la providencia que declare su incumplimiento o la exigibilidad de las obligaciones garantizadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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