Micelio

Artículo 16

Los Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares En Servicio Activo, En Goce De Asignación De Retiro O De Pensión Y Sus Beneficiarios, Contribuirán Para La Caja De Retiro Con El Valor Total De La Diferencia Entre Las Actuales Asignaciones De Actividad, De Retiro R Pensiones Y Aquellas Otras Diferencias Que Resulten Por Razón De Los Aumentos Que Fija El Presente Decreto, Durante El Primer Mes En El Que Los Expresados Aumentos Se Paguen

Decreto 325 de 1959 · Por el cual se adiciona y modifican unos artículos del Decreto 325 de 5 de febrero de 1959

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo, en goce de asignación de retiro o de pensión y sus beneficiarios, contribuirán para la Caja de Retiro con el valor total de la diferencia entre las actuales asignaciones de actividad, de retiro r pensiones y aquellas otras diferencias que resulten por razón de los aumentos que fija el presente Decreto, durante el primer mes en el que los expresados aumentos se paguen. (Adicionado por Decreto 972 de 1959).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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