Micelio

Artículo 190

Decreto 2699 de 1991 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 190 . Los bienes inmuebles, muebles, enseres, y demás bienes que tenga en propiedad, posesión, o tenencia Instrucción Criminal, Medicina Legal, Dirección Nacional y Seccional de Instrucción Criminal, Juzgados de Instrucción Criminal y Orden Público, Fiscalías de Juzgados Superiores, Penales del Circuito y Superiores de Aduanas, Orden Público, Cuerpo Técnico de Policía Judicial y demás entidades, organismos o despachos cuyo personal se incorporará a la Fiscalía General de la Nación, pasarán a la Fiscalía General de la Nación. Mientras la Fiscalía dispone de los inmuebles, las entidades oficiales propietarias o administradoras de las sedes que ocupan actualmente las dependencias que se incorporan a ella, deberán seguirlas facilitando para su funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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