Micelio

Artículo 5

Antes De La Firma De Los Contratos De Concesión Sobre Minas, Los Interesados Deberán Presentar Las Pruebas Que Demuestren Su Capacidad Financiera Para Desarrollar Una Explotación Técnica

Decreto 3132 de 1956 · Por el cual se modifica el Decreto número 805 DE 1956

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Antes de la firma de los contratos de concesión sobre minas, los interesados deberán presentar las pruebas que demuestren su capacidad financiera para desarrollar una explotación técnica. Tal capacidad se comprobará con los documentos que acrediten que el proponente posee un capital o un patrimonio suficiente, a juicio del Ministerio del ramo, para adelantar en forma técnica la explotación de que se trate. La capacidad financiera deberá demostrarse dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del término de oposiciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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