Micelio

Artículo 22

Ley 102 de 1944 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre organización y mando de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por decretos ordinarios el Gobierno puede crear y determinar la organización, composición, dotaciones y guarniciones de todos los organismos de las Fuerzas Militares, Comandos, Brigadas, Escuelas, Cuerpo de tropas, Bases Aéreas, Navales y Fluviales y Servicios, y fijar, además, el personal civil de deben tener.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 102 de 1944