Micelio

Artículo 41

Ley 75 de 1986 · Por la cual se expiden normas en materia tributaria, de catastro, de fortalecimiento y democratización del mercado de capitales, se conceden unas facultades extraordinarias y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La deducción por gastos en el exterior para la obtención de rentas de fuente dentro del país no puede exceder del diez por ciento (10%) de la renta líquida del contribuyente, computada antes de la deducción de tales gastos, salvo cuando se trate de los siguientes pagos:

a)

Aquellos respecto de los cuales sea obligatoria la retención en la fuente.

b)

Los referidos en los literales a) y b) del ordinal 2º del artículo 64 del Decreto 2053 de 1974.

c)

Los contemplados en el artículo 85 de esta ley.

Lo previsto en este artículo se entiende sin perjuicio de lo establecido en el artículo 51 de la Ley 9 de 1983 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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