Créase el Fondo de Bienestar Veredal, cuya función principal será la de financiar los gastos de integración y ampliación de los servicios de educación, salud, asistencia, técnica, crédito, mercadeo, recreación, bienestar familiar y demás servicios sociales institucionales en beneficio de las clases campesinas del país, con el fin de elevar los niveles de vida e ingreso en el ámbito veredal. Estos objetivos se obtendrán principalmente mediante la organización en el territorio nacional de concentraciones para el desarrollo rural, entendiéndose por tales, los mecanismos operativos a nivel rural, mediante los cuales se logre la integración progresiva de los distintos servicios con la participación de la población beneficiada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.