Micelio

Artículo 3

Ley 53 de 1874 · Por la cual se fomenta la colonización del Territorio del Caquetá i se promueve la navegación de los ríos Putumayo i Napo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.º Para el fomento i auxilio de las obras de que tratan los dos artículos anteriores, i para el fomento a la vez de un camino que ponga en comunicacion el municipio de Pasto con el mencionado río Putumayo, si el Estado soberano del Cauca dispusiese su apertura por cualquier medio, puede el Poder Ejecutivo conceder i otorgar al contratista o empresario:

1.º la facultad esclusiva de esplotar, hasta por cinco años, una porción determinada de los bosques i terrenos baldíos de la Nacion en el mencionado Territorio ; i

2.º Dar en propiedad al mismo empresario contratista hasta sesenta mil hectaras de tierras baldías en dicho Territorio, pagándose los gastos de mensura i limitacion de tales tierras entre la Nacion i el interesado, de por mitad i espresándose que ningun caso la República estara obligada a la eviccion i saneamiento de las mencionadas tierras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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