ARTICULO 37 De las prioridades para proveer un empleo Cuando sea necesario proveer un empleo de carrera la de asignación de quien ha de desempeñado se hará de acuerdo con el siguiente orden de prioridades: 1) las personas escalafonadas en carrera a quienes se les haya suprimido el empleo o cambiado el carácter del cargo de carrera por el de discrecional durante los seis (6) meses anteriores, siempre que las personas llenen los requisitos exigidos para el desempeño del cargo. Cuando so o más personas se encuentren en la misma situación deber adarce preferencia a aquella que lleve más tiempo retirada del empleo de carrera: 2) las personas escalafonadas que figuren en los diez (10) primeros puestos de la lista de elegibles vigente para un empleo de diferente intensidad horaria, pero de igual denominación , clase y grado; 3) Las personas escalafonadas que figuren en los diez (10) primeros puestos de la lista de elegibles vigente para ese empleo. 4) Las personas escalafonadas que figuren en los diez (10) primeros puestos de la lista de elegibles vigente para ese empleo.
Artículo 37
De Las Prioridades Para Proveer Un Empleo Cuando Sea Necesario Proveer Un Empleo De Carrera La De Asignación De Quien Ha De Desempeñado Se Hará De Acuerdo Con El Siguiente Orden De Prioridades: 1) Las Personas Escalafonadas En Carrera A Quienes Se Les Haya Suprimido El Empleo O Cambiado El Carácter Del Cargo De Carrera Por El De Discrecional Durante Los Seis (6) Meses Anteriores, Siempre Que Las Personas Llenen Los Requisitos Exigidos Para El Desempeño Del Cargo
Decreto 413 de 1980 · Por la cual se reglamenta la carrera del Funcionario de Seguridad social del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.