Micelio

Artículo 31

Subdirección De Talento Humano

Decreto 1961 de 2023 · por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías Regionales, se determina su estructura, funciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Talento Humano . Son funciones de la Subdirección de Talento Humano las siguientes: 31.1.Proponer a la Secretaría General del Instituto la adopción de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la gestión del talento humano. 31.2.Formular, administrar, ejecutar y hacer seguimiento a los planes estratégicos y programas para la gestión del talento humano en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los servidores del Instituto, de conformidad con las normas legales vigentes. 31.3.Ejecutar y controlar los procesos de vinculación, registro y control del talento humano del Instituto y todas las situaciones administrativas. 31.4.Formular, administrar, ejecutar y hacer seguimiento al programa de bienestar y planes de capacitación. 31.5.Gestionar y controlar la implementación de la carrera administrativa en el Instituto. 31.6.Gestionar y coordinar los procesos de selección de personal del Instituto, de conformidad con las normas vigentes. 31.7.Liderar y ejecutar la implementación, mantenimiento y mejoramiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. 31.8.Ejecutar y controlar la administración del proceso del talento humano, en sus componentes de planeación, gestión y desarrollo. 31.9.Formular, administrar, ejecutar y hacer seguimiento a los programas de formación, capacitación, incentivos, bienestar, salud ocupacional y desarrollo de los servidores públicos del Instituto, de acuerdo con lo previsto en la ley y en el Plan Nacional de Formación y Capacitación. 31.10. Desarrollar y acompañar a la Secretaría General en la determinación de los elementos conceptuales y técnicos necesarios para la formulación y evaluación de las políticas, planes, programas y estrategias de gestión y proyección del talento humano del Instituto. 31.11. Gestionar y coordinar, en conjunto con la Oficina de Planeación, el procedimiento relacionado con los acuerdos de gestión que suscriban los gerentes públicos del Instituto, de acuerdo con lo previsto en la ley y los procedimientos internos. 31.12. Custodiar, sistematizar y actualizar las historias laborales de todos los servidores del Instituto. 31.13. Formular, administrar, ejecutar y hacer seguimiento al plan anual de vacantes del Instituto con destino al Departamento Administrativo de la Función Pública. 31.14. Ejercer la secretaria técnica del comité de convivencia laboral y de la Comisión de Personal del Instituto con fundamento en las disposiciones legales. 31.15. Promover y propiciar en el Instituto la gestión del conocimiento. 31.16. Establecer las necesidades de información en el marco de sus funciones, encaminadas al diseño de la arquitectura organizacional del Instituto. 31.17. Gestionar, analizar y producir información dirigida a alimentar los sistemas de información y a la generación de estadísticas. 31.18. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el Sistema Integrado de Gestión y el Sistema de Control Interno, en lo correspondiente a la dependencia. 31.19. Atender los derechos de petición o consultas en cualquiera de sus modalidades, en los asuntos propios de su competencia, en los términos establecidos y conforme a la normatividad vigente. 31.20. Cumplir las políticas institucionales establecidas en el marco de buenas prácticas de gobierno corporativo y seguir los compromisos y lineamientos en ellas definidos. 31.21. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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