Afiliado: Es el beneficiario vinculado a un fondo administrador de cesantías que autoriza a la entidad pagadora, en este caso el fondo, para que descuente de los valores que el beneficiario posea en el fondo, el valor determinado en la libranza y lo transfiera de manera directa a la entidad operadora de libranza o descuento directo que le otorgó el crédito, según la disposición legal que rija a dichos fondos.
Artículo 8.32.3
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.