°. A partir del 1° de enero del año 2011 y atendiendo la categorización establecida en la Ley 617 de 2000, el límite máximo salarial mensual que deberán tener en cuenta las Asambleas Departamentales para establecer el salario mensual del respectivo Gobernador será: Categoría Límite máximo salarial mensual Especial $ 10.965.348 Primera $ 9.291.072 Segunda $ 8.933.722 Tercera $ 7686.911 Cuarta $ 7.686.911
Artículo 2
A Partir Del 1° De Enero Del Año 2011 Y Atendiendo La Categorización Establecida En La Ley 617 De 2000, El Límite Máximo Salarial Mensual Que Deberán Tener En Cuenta Las Asambleas Departamentales Para Establecer El Salario Mensual Del Respectivo Gobernador Será: Categoría Límite Máximo Salarial Mensual Especial $ 10
Decreto 1048 de 2011 · por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan disposiciones en materia prestacional.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.