Artículo único . Créase en el Ministerio de Minas y Petróleos -División Nacional de Minas-, a partir del 16 de julio del año en curso, el cargo de Inspector Nacional de las Minas del río Telembí, Municipio de Barbacoas, Departamento de Nariño, con asignación mensual de mil cien pesos ($ 1.100.00) moneda corriente, para supervigilar la ejecución del contrato de explotación de dichas minas, celebrado entre el Gobierno Nacional y la Compañía Minera de Nariño, y que consta en la escritura pública número 164 de 27de enero de 1948, de la Notaría 5ª del Circuito de Bogotá. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1294 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1294 de 1958 · Por el cual se crea un cargo en el Ministerio de Minas y Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.