Las empresas suministradoras de equipo obtendrán la licencia de funcionamiento, previo el lleno de los siguientes requisitos
Certificado de la Cámara de Comercio o del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas que acredite su constitución, capital y representación, según se trate de sociedades o cooperativas. Dicho certificado no debe tener más de cuarenta y cinco (45) días calendario de expedido;
Información sobre los sistemas de control de los vehículos que tenga la empresa;
Acreditar el número y características de vehículos que pretende asociar para llenar el mínimo de requisitos que exijan los reglamentos del INTRA;
Presentar una descripción de los distintivos de la empresa;
Relación de las oficinas establecidas o por establecer;
Demostrar que los vehículos incorporados son de propiedad de los socios de la empresa; e) Los demás que por su naturaleza deba cumplir por ley o por reglamento.