º . Excepciones para la asignación de canales previa solicitud de parte . Cuando se presenten alguno de los siguientes eventos el otorgamiento de nuevos permisos y de aquellos que sean renovados, se efectuará de acuerdo con el procedimiento que para el efecto fije el Ministerio: 1.1. Cuando el Ministerio de Comunicaciones determine que el espectro radioeléctrico disponible es inferior a las solicitudes que se formulen para determinada banda de frecuencias o área de servicio. 1.2. Cuando el Ministerio de Comunicaciones establezca que existe escasez de frecuencias en una determinada banda o zona geográfica. 1.3. Cuando el Ministerio de Comunicaciones considere necesario limitar el número de permisos porque las características técnicas del uso del espectro radioeléctrico impliquen una limitación en el número de asignaciones, y sea preciso garantizar el uso efectivo y la gestión eficaz del mismo.
Decreto 3145 de 2008 →Vigente
Artículo 3
Decreto 3145 de 2008 · por el cual se modifica el artículo 57 del Decreto 2343 de 1996 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.