Micelio

Artículo 548

Del Capítulo 48 De La Ley De Apropiaciones De La Vigencia En Curso, Tomándola De Las Apropiaciones Del Artículo 547 Del Mismo Capítulo

Decreto 355 de 1930 · Por el cual se traslada una partida

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Trasládase la suma de cuatro mil pesos ($ 4,000), al artículo 548 del capítulo 48 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, tomándola de las apropiaciones del artículo 547 del mismo capítulo.

Parágrafo

Dése cuenta a quienes corresponda, y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 355 de 1930