La integración de los Hospitales Militares regionales con el Hospital Militar Central, se verificará en los niveles científicos docentes y técnicos, en coordinación con las Jefaturas de Sanidad de las Fuerzas.
Decreto 1494 de 1965 →Vigente
Artículo 58
La Integración De Los Hospitales Militares Regionales Con El Hospital Militar Central, Se Verificará En Los Niveles Científicos Docentes Y Técnicos, En Coordinación Con Las Jefaturas De Sanidad De Las Fuerzas
Decreto 1494 de 1965 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar Central
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.