Articulo decimotercero. El Administrador de la Isla-Prisión tendrá bajo su responsabilidad el pago de sueldos, el suministro de provisiones y víveres y, en .general, el manejo económico de la Isla. Para tal fin será empleado de manejo y se sujetará al régimen fiscal que le fuere señalado.
Decreto 485 de 1960 →Vigente
Artículo 13
Decreto 485 de 1960 · Por el cual se determina el régimen de la Isla-Prisión de Gorgona
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.