Micelio

Artículo 11

Oficina De Control Interno

Decreto 1064 de 2020 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes

1.

Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno del Ministerio y promover su conocimiento y aplicación.

2.

Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido en el Ministerio y el sector TIC, y que su ejercicio logre ser intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de los que tengan responsabili­dad de mando.

3.

Constatar que los controles definidos para los procesos y actividades del Minis­terio se cumplan por parte de los responsables de su ejecución.

4.

Verificar que los controles asociados a las actividades del Ministerio, estén defi­nidos, sean apropiados y mejorados permanentemente.

5.

Vigilar el cumplimiento de las normas, políticas, procedimientos, planes, progra­mas, proyectos y metas del Ministerio y recomendar los ajustes necesarios.

6.

Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y sis­temas de información del Ministerio y recomendar los correctivos a que haya lugar.

7.

Fomentar la cultura del autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

8.

Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana que adopte el Ministerio.

9.

Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro del Ministerio, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.

10.

Publicar un informe del estado del control interno del Ministerio en su página web.

11.

Asesorar a las dependencias del Ministerio en la adopción de acciones de me­joramiento recomendadas por los entes de control, así como servir de apoyo a los servidores de la entidad en el proceso de toma de decisiones para obtener los resultados esperados.

12.

Evaluar la gestión de las dependencias encargadas de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias, reclamos y denuncias y rendir al Ministro un informe semestral.

13.

Poner en conocimiento de los organismos competentes, la comisión de hechos presuntamente irregulares que conozca en desarrollo de sus funciones. . Facilitar la interlocución con los organismos de control en desarrollo de las audi­torías que practiquen en la Entidad, y en la recepción, coordinación, preparación y entrega de la información requerida. . Asesorar a las dependencias de la Entidad en la identificación y prevención de los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos. . Desarrollar programas de auditoría y formular las observaciones y recomenda­ciones pertinentes. 17. Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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