Micelio

Artículo 85

Es Obligatorio El Uso Del Uniforme Para Los Oficiales De Guerra, E Individuos De Tropa Del Ejército En Todos Los Actos Del Servicio, Dentro De Los Cuarteles Y Oficinas Militares, Y Para La Asistencia A Los Actos Sociales De Carácter Oficial

Decreto 1040 de 1929 · Por el cual se reglamenta el uniforme del Ejército Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es obligatorio el uso del uniforme para los Oficiales de guerra, e individuos de tropa del Ejército en todos los actos del servicio, dentro de los cuarteles y oficinas militares, y para la asistencia a los actos sociales de carácter oficial. El traje civil podrá usarse por los militar es en casos especiales y en horas fuera, de servicio, previa autorización especial del Jefe superior respectivo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1040 de 1929