Micelio

Artículo 2

La Dirección General De Impuestos Nacionales A Nivel Central Tendrá La Siguiente Organización 2

Decreto 2871 de 1968 · Por el cual se organiza la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Dirección General de Impuestos Nacionales a nivel central tendrá la siguiente organización 2.0 Despacho del Subdirector

a)

Oficina de Inspección.

b)

Sección de Divulgación Tributaria e Información.

c)

Sección de Servicios Generales. 2.1 División Legal. a) Sección del Impuesto sobre la Renta y Complementarios. b) Sección del Impuesto sobre las Ventas. c) Sección de Impuestos Sucesorales.

d)

Sección de Impuestos Indirectos. 2.2 División de Investigación Tributaria. a) Sección de Revisoría Contable. b) Sección de Investigación del Impuesto sobre la Renta. c) Sección de Investigación del Impuesto sobre las Ventas. d) Sección de Investigación de Impuestos Sucesorales.

e)

Sección de Investigación de Impuestos Indirectos. 2.3 División de Hecaudatión. a) Sección de Contabilidad y Estadística del Recaudo. b) Sección de Cobranzas y Ejecuciones. B. Organización Regional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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