Escalafonamiento de Profesionales. Los profesionales con título de Facultad Mayor que soliciten incorporarse como Oficiales de los Servicios y sean aceptados, ingresarán con el grado de Teniente o Teniente de Fragata, previa la aprobación de un Curso de orientación Militar, concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa y demás requisitos que establezca el Gobierno.
Los títulos profesionales expedidos por Facultades Mayores extrajeras, serán aceptados para los efectos de este Estatuto, siempre que sean reconocido por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia.